El integrante de la Mesa Coordinadora del Consejo Consultivo de la Comuna 15, Alberto D´Orio, respondió a la carta enviada por Norberto Zanzi a este consejo consultivo dando su opinión acerca de la situación en el “Galpón de Ortúzar”

Señor Norberto Zanzi:

Usted comienza su carta al Consejo Consultivo Comunal 15 diciendo que no le interesa opinar ni de la forma, ni de las facultades, ni de la comunicación de la acción de demolición del Galpón de Ortúzar, solo le interesa la acción en sí porque entiende que se mejora el espacio verde reemplazando la construcción existente por un canil.

Estas expresiones llevan implícitas formas utilizadas por regímenes dictatoriales que se apartaban de las normas constitucionales por el simple motivo que obedecían a la opinión de un pequeño grupo de dictadores.

Le recordamos al Sr. Zanzi que la Constitución de la Ciudad Autónoma en su artículo 128 determina para las comunas lo siguiente:

Son de su competencia exclusiva.

El mantenimiento de las vías secundarias y de los espacios verdes de conformidad a la ley de presupuesto.

Siendo ratificada esta norma por el artículo 10 de la Ley 1777 que en su artículo 10 dice;

Artículo 10- Competencias exclusivas- Las Comunas tienen a su cargo en forma exclusiva:

a) La planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento urbano de las vías secundarias y otras de menor jerarquía, según normativa vigente.

b) La planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento de los espacios verdes, de conformidad con la Ley de Presupuesto.

Alberto D´ Orio

Foto de Portada: Asamblea 125 del Consejo Consultivo Comunal de la Comuna 15, desarrollada en el “Galpón de Ortúzar”

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