El juez Leonardo Fuchi no reconoció la ley 6.289, aprobada en 2019 por la Legislatura. Fue a raíz de un amparo presentado por la diputada nacional Gabriela Cerruti y el Observatorio del Derecho a la Ciudad, quienes piden que en el predio se haga un gran parque. Fuente: Télam
El juez en lo Contencioso Administrativo y
Tributario 16 de la Ciudad, Leonardo Furchi, declaró la inconstitucionalidad de
la ley que autorizaba la venta del predio de Costa Salguero, donde el Gobierno
porteño busca construir un conglomerado de edificios, proyecto que es resistido
por organizaciones sociales y políticas que pugnan por un espacio verde y
público ribereño.
La resolución del magistrado hizo lugar al amparo presentado
por la diputada nacional del Frente de Todos Gabriela Cerruti y la asociación
civil Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) contra el Gobierno porteño.
En el fallo, Furchi declaró “la inconstitucionalidad de la Ley 6.289 por ser
contraria a los artículos 63, 89 incisos 4 y 6, y 90 de la Constitución de la
Ciudad” e impuso “las costas a la demandada
vencida, por no encontrar motivos para apartarse del principio objetivo de la
derrota”.
Puntualmente, el artículo 63 fija el proceso para
la convocatoria de las audiencias públicas por parte del Estado porteño que
señala que el llamado “es obligatorio antes del tratamiento legislativo de
proyectos de normas de edificación, planeamiento urbano, emplazamientos
industriales o comerciales, o ante modificaciones de uso o dominio de bienes
públicos”.
El 89 y 90, en tanto, establecen los mecanismos
legislativos que deben ejecutarse para el tratamiento de las leyes denominadas
“de doble lectura”, entre las que se incluye a las iniciativas del
Ejecutivo que contemplen la “desafectación de los inmuebles del dominio
público”, como es, justamente, el caso de Costa Salguero.
En rigor, los diputados aprobaron en la
Legislatura porteña, con votos del bloque oficialista Vamos Juntos y del aliado
de la UCR, en diciembre del 2019 la ley por la cual se habilitó a la administración porteña a desprenderse
de los terrenos de la Costanera donde funcionaron los complejos de Costa Salguero
y Punta Carrasco.
Puntualmente, la norma permitió “la
disposición por parte del Poder Ejecutivo del inmueble”, dio lugar a un
“concurso público” para el desarrollo de un proyecto urbanístico con
edificios, oficinas y comercios en el predio y determinó que los fondos
obtenidos de la venta de los terrenos iban a ir al financiamiento de obras de
salud y educación.
Sin embargo, en enero del 2020 la diputada Cerruti y los representantes del ODC, entre ellos Jonatan Baldiviezo, presentaron un recurso ante
la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso, Administrativo y Tributario porteña
para frenar la venta del predio.
En la medida, los amparistas manifestaron que, al
tratarse de terrenos de dominio público, la propuesta del Ejecutivo para la
venta del lugar debía ajustarse a los procesos previstos en la Constitución
porteña, entre ellos, la realización de una audiencia pública, lo que el
Ejecutivo no cumplió ya que no convocó a la instancia de participación
ciudadana.
Señalaron también que “la conducta del
Gobierno de la Ciudad lesiona el derecho de todo habitante de la ciudad a
participar en la elaboración de las políticas públicas y en la discusión de
proyectos de ley”, por lo cual solicitaron la inconstitucionalidad de la
norma, lo que, finalmente, la justicia porteña hizo lugar.
En la resolución, el juez consideró
“razonable concluir que la ley que aquí se cuestiona debió haber sido
precedida por el tratamiento legislativo diferenciado establecido en la
Constitución local en tanto el inmueble objeto de la litis se trata de un bien
de dominio público cuya desafectación requería de la realización de la
audiencia pública (art. 63) y del procedimiento de doble lectura (arts. 89 y
90)”.
“La autorización para disponer otorgada por
la Ley 6.289 no ha cumplido con el trámite legislativo propio de la
desafectación de los bienes de dominio público, no cabe más que declarar la
inconstitucionalidad de la norma de que se trata”, sentenció.
De esta manera, la venta del predio de Costa
Salguero quedó suspendida y se estima que la medida incidirá en la ley que aún
está en debate en la Legislatura que, a su vez, modifica las normas
urbanísticas del polígono costero para habilitar el proyecto para la
construcción de edificios en el lugar, lo que es resistido por organizaciones
sociales y políticas que plantean que allí haya un espacio verde y público.
Los terrenos en cuestión fueron concesionados en
la década del 90 a la empresa Telemetrix, que hace pocas semanas recibió una
extensión del contrato de explotación hasta mediados de año por parte del
Gobierno de la Ciudad.
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Fuente y Foto: Télam